Según la Consejería de la Comunidad de Madrid, “contacto estrecho” se refiere a cualquier persona que haya tenido contacto con el caso desde 48 horas antes del inicio de síntomas (o de la fecha de toma de la muestra para el diagnóstico en el caso de asintomáticos) hasta el momento en el que el caso es aislado, que:

En el momento que se detecte un caso sospechoso se iniciarán las actividades de identificación de sus contactos estrechos. El periodo a considerar será desde 2 días antes del inicio de síntomas del caso hasta el momento en el que el caso es aislado.

Si hubiera conocimiento de un caso asintomático confirmado por PCR, los contactos se buscarán desde 2 días antes de la fecha de toma de la muestra para el diagnóstico.

Cualquier persona asintomática que cumpla la definición de contacto estrecho de un caso confirmado deberá ser informada y se iniciará una vigilancia activa.

En caso de convivientes se iniciará el seguimiento desde el momento de la detección del caso sospechoso. Las personas que ya han tenido una infección confirmada por SARS-CoV-2 los 3 meses anteriores estarán exentos de hacer cuarentena